miércoles, 30 de noviembre de 2011

CRONICAS DE VILLALUENGA

"LOMAS Y MATAGALLARDO"
REAL ORDEN
Examinada la Memoria de reconocimiento del monte número 21, del Catálogo de utilidad pública de, la provincia de Cádiz, denominado «Lomas y Matagallardo»,perteneciente á Villaluenga del Rosario, presentada por D, Rafael Bohórquez por virtud de la orden de 17 de Febrero de 1900: Resultando del expediente de su razón que remitida dicha Memoria á informe de la Inspección d e Ordenación, e n cumplimiento del Art. 5.° del Real decreto de 31 de Mayo de 1901, manifiesta aquélla: que el monte de que se tratas pertenece al pueblo citado por transacción hecha en 1648 entre el Sr. Duque de Arcos y 1as cuatro Villas hermanas, y asignándose posteriormente, por consecuencia del reparto de los términos de las mismas la propiedad del predio que nos ocupa al repetido pueblo; que el enclavado más pequeño de los dos situados junto al lindero occidental del monte, tiene separados sus dominios, perteneciendo el suelo á un
 particular y el vuelo al pueblo, y si bien el condominio citado no impide ni perturba la Ordenación, es conveniente la consolidación del mismo; que el predio no se halla deslindado, ni por tanto, amojonado, y fue declarado dehesa boyal por Real orden de 30 de Junio de1893 á instancia del pueblo propietario, que aprovecha por esta razón gratuitamente los pastos y las leñas rodadas y. de monte bajo; que el último arriendo del corcho terminó en 1897, sin que desde esta fecha se haya realizado pela alguna; que 1 a superficie del monte puede considerarse como de llanura, pues las mayores pendientes no exceden del 10 por 100; que el ingeniero Ordenador encargado de la comprobación de la Memoria
valora el quintal métrico da corcho á los veinte días de extraído en el monte en 10 pesetas la montanera en 2.480 pe setas y el estéreo d?; leña en2 pesetas; que el mismo Ingeniero propone como mejoras urgentes á realizar la limpia de suelos ó vuelos de alcornoque en 550 metros cuadrados por hectárea poblada de dicha especie, valorando su coste en 55 pesetas, y !a repoblación con plantas de alcornoques desarrolladas en macetas; que la Memoria presentada está redactada con arreglo á lo prevenido en el Real decreto de 31 de Mayo de 1901; que no existiendo en la provincia monte alguno ordenado, se carece de datos para fijar á priori ni aun aproximadamente, el importe del plan de mejoras para deducirlo del valor de las unida des de los diversos productos, y que si bien la pequeñez de la superficie no da lugar más que á constituir un solo cuartel de corta, lo valioso de la especie que forma el vuelo consiente estudiarlo en un solo proyecto; y Considerando que s e han cumplido los preceptos contenidos en el Real decreto de 3i de Mayo de 1901, que regula la forma en que pueden autorizarse los estudios de Ordenación en montes de utilidad pública; que es preciso realizar sin demora el deslinde del monte con el fin de impedir intrusiones; q u e aunque en nada contraria el actual estado de condominio del menor de los dos enclavados situados en el límite occidental del predio, es conveniente estudiar y realizar la refundición preceptuada en el art. 6.° de la ley de 24 de Mayo de 1863; que es igualmente preciso proceder sin dilación á la limpia V ro7.a de los suelos; que el desbornizamiento propuesto por el Ingeniero Ordenador puede y debe aplazarse
hasta que, aprobado el proyecto de Ordenación, que se practique, y adjudicada la subasta, sea obligación del rematante ejecutarlo; que por ser dehesa boyal el monte de que se trata, no pueden subastarse los p s t o s y leñas rodadas y de monte bajo, por tener derecho los Vecinos del pueblo propietario á aprovecharlos vecinalmente; y que los precios que sin deducción del plan de mejoras deben fijarse para la valoración de los productos, son los propuestos por la Inspección, de acuerdo con el Ingeniero Ordenador; S. M. el Rey (Q. D. G.), de conformidad con el dictamen emitido por la Inspección de Ordenaciones, ha tenido á bien disponer que se ordene al Ingeniero efe del Distrito forestal de Cádiz proceda con toda urgencia á realizar el deslinde del monte o Lomas y Mata gallardo», perteneciente á Villaluenga d e I Rosario, que figura con el núm. 21 en el Catálogo de utilidad pública de la provincia de Cádiz, y á practicar sin demora la limpia
 y roza de suelo de alcornoque, propuesta por el Ingeniero Ordenador, y que se conceda la autorización de estudios de Ordenación solicitada por D. Rafael Bohórquez, en los términos y bajo las condiciones siguientes: 1ª Se autoriza á D. Rafael Bohórquez y Rubiales, vecino de Ubrique, de la provincia de Cádiz, para que, previos los estudios y trabajos necesarios, presente en este Ministerio, en el término de un año, contado el día en que se verifique la entrega de que se habla en la condición segunda un proyecto de Ordenación del monte núm. 21 del Catálogo de utilidad pública de dicha provincia, denominado «Lomas y Matagallardo», pertenecientes á Villaluenga del Rosario. Si el concesionario no presentara el presentara proyecto en el plazo mencionado, quedará sin efecto la concesión y perderá la cantidad depositada en garantía, fijada en la condición17. 2ª El Ingeniero Jefe del distrito forestal de Cádiz hará, á los fines de 1ª autorización, entrega al concesionario, ó á quien debidamente le represente del monte expresado, recorriendo su perímetro y el de los enclavados que existan dentro de él, determinados por el oportuno deslinde aprobado.
3ª En la parte del proyecto correspondiente al Estado legal se estudiará la refundición de dominios del menor de los dos enclavados situados en el límite occidental del monte, por si conviniera llevarla á cabo en la forma preceptuada en el tít. 4.° del reglamento de 17 de Mayo de 1865. 4ª En el plano topográfico referente al inventario d el monte se omitirá toda operación de nivelación, á menos que por excepción se encuentre algún accidente que la requiera para el debido conocimiento de los perímetros que comprendan calveros y claros notables. 5.ª Sobre el plano general levantado. en la forma expuesta, en la condición
anterior se proyectará la formación d e Secciones, cuarteles de corta y tramos, sujetando el número de estos al de períodos del turno. La división de los cuarteles de corta se realizará por tramos de áreas iguales, atendiendo á que como monte considerado como de llanura no cabe admitir más que una sola calidad para toda su extensión. 6ª Proyectada así la división del monte sobre el plano, se la replanteará inmediatamente y dentro de cada uno de los tramos replanteados y por subtramos, si los «hubiere, se efectuará el conteo y medición de los árboles en ellos contenidos. 7ª Los estudios de Ordenación realizados por el concesionario serán intervenidos constantemente por el Ingeniero de Montes que se nombre, á disposición del cual pondrá aquél, p a r a practicarla, cuantos datos y noticias adquiera 
en los estudios que practique 8ª La aprobación del proyecto de Ordenación tendrá lugar con los requisitos preceptuados en el Real decreto de 31 de Mayo de 1901. 9ª Aprobado q u e sea el proyecto d e Ordenación, se sacará á pública subasta, con la preferencia que la ley de i de Junio de 1894 otorga al concesionario, su ejecución, por el primer período que el turno comprenda, entendiéndose por tal ejecución la práctica, bajo la inmediata dirección y vigilancia de la Administración forestal, de los disfrutes subastables consignados en dicho proyecto y de las mejoras que se aprobaren, que serán costeadas por el que resulte rematante, excepción he cha del personal de guardería, que será nombrado y pagado por aquélla. Los precios que se fijan para la valoración de los productos, son los siguientes: para el estéreo de leñas, 2 pesetas; para el quintal métrico de corcho, pesado á los veinte días de extraído del árbol,, y sin derecho á descuento alguno por el refugo, 10 pesetas, y la montanera, 2.480 pesetas anuales.
Estos precios, antes de' pasar á ser tipos definitivos para las subasta, sufrirán una deducción, equivalente al plan de mejoras que resultara .aprobado al aprobarse el proyectó, de conformidad con el art. 5.° del Real decreto de 31 de Mayo de 1901. La aprobación del proyecto se notificará al concesionario, el cual deberá presentar dos copias autorizadas de aquél en el plazo que se señale y que no podrá ser menos de dos meses.
“Diario Oficial de Avisos de Madrid” 13/12/1902

sábado, 19 de noviembre de 2011

CRONICAS DE VILLALUENGA

DE MALVERSACIONES Y FUSIONISMO
“Dictamen sobre las malversaciones, valores perdidos, falsedades y abusos, que se desprenden de los expedientes de construcción de una casa capitular y obras para la tarifa de aguas en Villaluenga del Rosario, Cádiz, tipografía “La Mercantil”, plaza Gaspar del Pino” “El Motín” 19/10/1884
CARTA DE CADIZ
“Sr. Director de “La Iberia”. Cumpliendo mi misión de darle cuenta de lo que ocurra de notable en esta provincia, he de hablarle hoy de los
VIAJES DE PROPAGANDA
Han empezado los prohombres del fusionismo en la provincia a recorrer sus pueblos para mantener en ellos el entusiasmo por la política liberal, a cuyo amparo tanto se han desarrollado los intereses morales y materiales de los Municipios durante los cuatro últimos años.
El primer pueblo visitado ha sido Villaluenga por el ex diputado provincial de aquel distrito D. Ignacio García Guerrero, quien fue recibido por numerosos vecinos con música y obsequiado de todas maneras, vitoreándole sin cesar, lo mismo que los Sres. Sagasta y del Toro.
Se hizo asistir al viajero a una función de toros y a un banquete, en el que pronunciaron patrióticos discursos, haciendo recitar que, mientras que las administraciones anteriores al fusionismo solo presentaban las ruinas de una casa capitular que intentaron construir y en la que invirtieron miles de duros, el Ayuntamiento presidido por D. Antonio Segovia , había reducido los impuestos hasta el punto de cobrar únicamente la mitad de lo que la ley permitía, y , sin embargo había dotado al pueblo de un magnifico paseo y había convertido en Casa Ayuntamiento lo que antes fue una devastada dependencia municipal.
En su discurso el Sr. García Guerrero recordó a los de Villaluenga que el partido liberal, al caer había dejado convertido en ley el proyecto de ferrocarril de vía estrecha que ha de sacar a los pueblos de la Serranía del aislamiento, en que vegetan, y les dijo también que tuviesen confianza, porque los fusionistas, como manifestó don Cayetano del Toro, habían tomado billete de ida y vuelta ; así es que pronto aquellos engrandecimientos que esperaban vindican con ellos, por mas que ahora les azotara la epidemia conservadora.
El orador fusionista fue muy aplaudido y retirose del pueblo acompañado hasta larga distancia de él por las personas mas notables del mismo y por numerosos vecinos, así como a los Sres. Sagasta y del Toro en cuyo partido milita.
El Sr. García Guerrero estuvo alojado en casa del alcalde de Villaluenga.” “La Iberia” 12/09/1894
“Procesados por malversación han sido suspendidos en su cargo el alcalde y el depositario de Villaluenga del Rosario” “El Heraldo de Madrid” 03/10/1913
Fusionismo: Nacido como Partido Fusionista pasó a denominarse Partido Liberal Fusionista y por fin únicamente Partido Liberal. Agrupaba en su seno a los sectores no republicanos del momento que aceptaban la nueva legalidad reflejada en la Constitución de 1876 y entre los que incluían monárquicos, miembros del Partido Constitucional del general Serrano, del Partido Radical de Ruiz Zorrilla, los «posibilistas» de Castelar y a algunos sectores militares.
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domingo, 6 de noviembre de 2011

CRONICAS DE VILLALUENGA

LOS TROYAS
CORREO DE LAS PROVINCIAS
“ En el Nacional de Cádiz correspondiente al 27 de Octubre hemos visto una comunicación firmada por don Fernando M. Picaniel, en la cual aparecen los escesos perpetrados en Villaluenga del Rosario. A ser cierto su contenido, los señores Troyas han atropellado cuanto hay de respetable-bajo el régimen constitucional. Esperamos que el Gobierno, interesado en reprimir atentados de semejante naturaleza, por que llevan consigo el descrédito de los principios liberales, sabrá imponer el debido correctivo a tamaños desafueros. Veamos lo que se dice en aquel comunicado:
“Hay en esta provincia un pueblo que se llama Villaluenga del Rosario, en el que los hermanos Troyas, muy conocidos en aquella, e íntimos amigos del señor gobernador, quieren fundar su exclusivo patrimonio. En este desgraciado pueblo se constituyó un Ayuntamiento por un comisionado de la Junta superior de gobierno que lo fue el respetable y benemérito patriota don Juan García Cabrera, que con la justicia que le es propia recibió a favor de dicha corporación municipal la unanimidad de los sufragios de aquel vecindario.
Posesionado este Ayuntamiento con mayor júbilo de la población que vio confiados sus intereses administrativos a la acción legal y protección de personas de su confianza y libre de la cínica tirania de los Troyas, descansaba en una situación que contaba con las condiciones de estabilidad; pero como ella escluia a los referidos Troyas, y como estos no podian avenirse al estado de nulidad a que eran condenados, ni contaban con elementos de legalidad para su rehabilitación, concibieron y ejecutaron el proyecto mas escandalosamente vandálico que han presenciado nuestras desgracias políticas.
Armados cincuenta hombres en la inmediata Villa de Grazalema, a quienes sedujeron ocultándoles el verdadero objeto de esta jornada, y capitaneados por don José de Troya, invadieron a mano armada a Villaluenga, y requirieron a sus Alcaldes y Ayuntamiento cesasen en el ejercicio de sus funciones.
Está ofensa a las leyes y al decoro de un pueblo causó la agitación que era consiguiente, y hubiera causado grande efusión de sangre si la prudencia y patriotismo del alcalde y concejales no hubiese calmado los espíritus en la seguridad de que obtendrían justicia de las autoridades respectivas.
Don Juan González, síndico del referido Ayuntamiento , la pidió ante la excelentísima Diputación provincial, demostrando los hechos ya relatados ; y esta respetable corporación mandó cesará inmediatamente el Ayuntamiento intruso, y que pasasen los antecedentes al juzgado de primera instancia de Grazalema, para la formación de causa a los autores y cómplices de aquel crímen.
En estado, posesionado del Gobierno de la provincia el señor don Francisco de los Rios Rosas, una de sus primeras atenciones fue sostener a sus íntimos amigos los Troyas sin consideración que para ello era indispensable romper la Constitución, hollar las leyes y ofender la vindicta pública. Con dicho fin, sin duda , mando continuase el Ayuntamiento intruso en Villaluenga, y se dice, que ofició además al juzgado de Grazalema para que continuase la causa que le habia encargado la Diputación provincial.
Sea por la eficacia de esta comunicación o por otro motivo, que no alcanzó a comprender, el referido juzgado dictó auto de sobreseimiento y lo consultó con la audiencia del territorio. La justificación de la sala no ha querido como era de esperar quedasen impunes unos atentados, que de serlo amenazarían los principales fundamentos del orden social , y en su virtud ha dictado en 21 del actual la providencia siguiente:
Se declara sin efecto el auto consultado y devuélvase la causa al juez con certificación de la censura del señor fiscal que procediese para que la sustancie y determine con arreglo a derecho, poniendose desde luego la formación de esta causa en conocimiento del Gobierno de S.M.
Y con esta sentencia ¿tolerará por más tiempo la Excma. Diputación provincial continue Villaluenga del Rosario regida por un Ayuntamiento intruso, producto de un crimen, y cuyos actos llevan en sí la nulidad mas completa? ¿Permitirá continué este pueblo fuera de la ley, tiranizados sus habitantes y usurpados sus derechos, para que los Troyas no pierdan su presa, porque son amigos del señor Gobernador? No, no lo creo: conozco a los distinguidos individuos que componen la primera corporación popular de la provincia, y su rectitud, probidad, patriotismo y decoro los alejaran de continuarse con aquel escándalo y nunca merecerán los cargos que con justicia hace el publico a la parcialidad del Gobernador de la provincia y a la debilidad del juzgado de primera instancia de Grazalema
Volvemos a insistir en que hechos tan punibles como los que se denuncian, exigen ejemplar castigo después de esclarecidos y justificados” “El Clamor Público” 31 de Octubre de 1854.

martes, 1 de noviembre de 2011

CRONICAS DE VILLALUENGA

NOTICIAS BREVES
"EN CADIZ Fabricas Cerradas CADIZ,(Jueves tarde),A causa de la guerra ( I guerra mundial)) se han cerrado en Villaluenga todas las fábricas de corcho, quedando vacante gran número de obreros. El alcalde ha pedido recursos al gobernador." “La correspondencia de España” 25 de septiembre de 1914
“En Villaluenga del Rosario hace más de quince días que están paralizadas todas las obras. Una Comisión de braceros se ha presentado en el Ayuntamiento pidiendo socorros. La Corporación acordó proceder a abrir obras en los caminos, y el alcalde ha solicitado recursos al Gobierno.” "El Liberal” 07 de Abril de 1894
“En Villaluenga del Rosario (Cádiz) está ocasionando grandes estragos la plaga de la oruga, que en pocos días ha alcanzado extraordinario desarrollo, invadiendo casí todo el arbolado de los montes. En las casas de la población se ha presentado también tan molesta y dañina plaga, atacando a los ganados, entre los que ha causado numerosas víctimas.” “La Iberia” 31 de mayo de 1883
En relación a la Guerra de Marruecos o guerra del Rif: “El Ayuntamiento de Villaluenga del Rosario ha enviado 673 pesetas, producto de una función celebrada en el teatro de aquella localidad en medio del mayor entusiasmo” “La Epoca” 17 de septiembre de 1921
“El jefe de la linea de la Guardia civil de Grazalema, recorriendo antes de ayer el termino de Villaluenga, tuvo un encuentro con una partida de contrabandistas, compuesta de ocho ó diez hombres montados, resultando un contrabandista herido y preso y siendo cogidas dos caballerías cargadas de tabaco.” “El Siglo Futuro” 11 de Octubre de 1893
SERVCICIOS Guardia Civil Cádiz. “ Al llegar el teniente de la Guardia civil, jefe de la linea de Ubrique, se le presentó el vecino de la misma D. Blas Jiménez, manifestando que en la noche del 13 le habia sido entregada por el cartero una carta dirigida a D. Mateo Venegas, vecino de Benaocaz, y que como administrador de esté estaba facultado para abrir. Al verificarlo con la carta de referencia , observó era anónima exigiendose en ella al señor Venegas la cantidad de 7.500 pesetas, en nombre de los “contribuyentes del vizco del Borge”.
El documento en cuestión fue entregado al teniente de la Guardia civil, interesando este al Jiménez guardara la mayor reserva. En vista de esto, el citado militar adoptó varias medidas. Á fin de que estuviera todo dispuesto para la captura de los autores del anónimo. Se avistó con D. Mateo Venegas , a fin de tratar la hora y sitio que debia hacer la entrega de las 7.500 pesetas.
El teniente D. Dionisio Urrieta y Morales, con los guardias Juan Rices, José Rosario Galván, Antonio Muñoz, Claudio Conto Martínez, Joaquín Moreno, Jacinto Jericó ,Francisco Ramírez , Juan Torres, José Espinosa de los Monteros, José Barranco y Federico Basabes, se estableció a las once de la noche en los sitios más sospechosos que existen en el trayecto que tenían que recorrer los autores de la petición.
El precitado teniente se apostó en otro lugar, vistiendo ropa distinta a la de su uniforme. Nadie se presentó por lo que fue retirar la referida fuerza a los dos días. Sin embargo de esto, continuaron las pesquisas, habiendo sido detenido el conductor de la correspondencia y otro sujeto de malos antecedentes vecino de Villaluenga, y al que se le ocuparon varios documentos sustraídos de la casa ayuntamiento dicha villa, una escopeta y una daga.
Se han cotejado por los profesores de instrucción primaria los escritos del referido individuo con el anónimo, resultando, al parecer que la misma mano que escribió aquellos ha podido escribir también la carta dirigida al Sr. Venegas.” “El Correo Militar” 12 de marzo de 1887
“En el termino de Grazalema (Cádiz) ha producido alarma la presencia de tres hombres armados, a los que perseguía la Guardia civil. No ha logrado darles alcance porque se han internado en los escabrosos montes de Ubrique ; abandonando en la fuga dos caballerias robadas de Villaluenga” “La Iberia” 8 de Noviembre de 1894
“Los tres bandidos de Grazalema que hicieron creer en la existencia de una partida en armas, detuvieron a un vecino de Villaluenga en el rancho del Quejigal desarmaron a dos guardas; derribaron la puerta del caserío en el que se había encerrado D. Blas Martínez e hicieron al hijo de éste varios disparos de arma de fuego; y temerosos de que les copara la Guardia civil , se internaron en la sierra de Libar , entrando por el peñon Mermejo, donde abandonaron uno de los caballos. Después volvieron a amenazar a otros viajantes, recogiendo un caballo.” “El Dia” 29 de diciembre de 1893
“De una a dos de la tarde del miércoles 12 de mayo próximo, ha de tener an la casa Consistorial de la villa de Villaluenga del Rosario, Cádiz, a la subasta para contratar el suministro del alumbrado público de dicha localidad durante el inmediato año económico de 1897 a 98, con sujeción a las condiciones establecidas para ello en el pliego respectivo, que se halla de manifiesto en la Secretaría municipal, y al descenso de la cantidad de 1.241 pesetas, que sirve de tipo.” “Diario Oficial “ 03 de mayo de 1897