En la antiquísima y conocidísima “Ley del Talión” o “Código de Hammurabi”, promulgado por el rey de Babilonia, el amorreo Hammurabi, en 1760 a.C., establecía la obligación de enfundar los pitones de los toros bravos. En el Artículo 251 de dicho código se establece que: “ Si un buey de un señor es bravo y el consejo de su distrito le informa de que es bravo, pero él no ha cubierto sus astas ni ha vigilado de cerca su buey y el buey acorneó al hijo de un señor y le ha matado, dará media mina de plata.” (300 gr.) Tres mil doscientos años después Isabel la Católica, tras presenciar unas fiestas de toros en Arévalo en 1.493, donde se corrieron toros sueltos por los mozos del lugar y en cuyo evento resultaron muertos dos hombres, varios heridos y cuatro caballos reventados a cornadas. El sangriento espectáculo produjo en la soberana tal impresión que tuvo que retirarse angustiada. Tras esa desagradable experiencia tomó la decisión de no volver a ver jamás ninguna de esas corridas de toros y así se lo hizo saber desde Aragón, por carta, a su confesor Fray Hernando de Talavera en el año 1493: “De los Toros sentí lo que Vos decís, aunque no alcancé tanto; mas luego allí propuse con toda determinación de que nunca más verlos en mi vida, ni ser en que se corrían; y no digo defenderlos (esto es, prohibirlos), porque esto no era para mí a solas”. Tras esa penosa vivencia y sabedora de la importancia que tenían las fiestas de toros entre el pueblo y la nobleza, y por tanto difícil de suprimir o prohibir, ideó un medio que pusiese remedio a las desgracias que había presenciado, ordenando que, en adelante, a los toros que se corriesen en dichos festejos les fuesen acondicionadas las puntas de los cuernos con unas fundas de cuero. Las cortes castellanas, especialmente en Valladolid en 1.555 y en Madrid en 1.567, acordaron suplicar al rey que no se corran toros, o como dijo el antitaurino Vargas Ponce: ”… o que se dé alguna orden para que si se corren no hagan tantos daños”.
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martes, 12 de febrero de 2013
PITONES CON FUNDAS
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