viernes, 28 de junio de 2013



CARTA DIRIGIDA POR LA FEDERACIÓN DE LAS SOCIEDADES TAURINAS DE FRANCIA
Y ARGELIA AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO ESPAÑOL.


«Marsella, 21 de Febrero de 1928. Excmo. Sr. General Primo de Rivera, marqués de Estella, Presidente del Consejo de Ministros. Madrid. Excelentísimo Señor: V. E. sabe el gran afecto, la comunidad de costumbres, de tradiciones y el parentesco lingüístico que unen á España con las viejas provincias francesas de Provenza, Languedoc y Gascuña. Es acaso en la Federación de las Sociedades taurinas de Francia y Argelia—la cual se compone de cien importantes agrupaciones de aficionados y de más de treinta mil miembros—en la que se manifiesta de modo más tangible este afecto de los franceses del mediodía hacia sus hermanos de España. 

La Federación de las Sociedades taurinas de Francia y Argelia, en su Congreso anual, que tuvo lugar recientemente en la Casa del ayuntamiento de Montpellier (Sala del Concejo Municipal), se encargó oficialmente de dirigir á V. E., en su nombre, esta humilde súplica. 

En dicho Congreso, los miembros de nuestra Federación manifestaron la gran emoción que les produjo la noticia de que una violenta campaña estaba haciéndose en la misma España contra la «suerte de varas». Nuestro carácter de extranjeros podría prohibimos, en principio, intervenir en una cuestión meramente española, si los ataques dirigidos contra el primer tercio de la lidia nos fueran, en su mayor parte, de inspiración no sólo extraespañola, sino extralatina. Además, la suerte de los aficionados franceses está ligada, d e hecho, á la de los aficionados de España. 

Nos permitimos, pues, rogar respetuosamente á V. E. mantenga integralmente la tnagnifica fiesta de los toros, espectáculo de sol, de valor y de arte, bien digno de la noble y bizarra raza que dio la luz á héroes tales como el Cid, y á artistas como Goya y Velázquez. Suprimir la usuerie de varas», indispensable al lógico desarrollo de la corrida, seria en breve tiempo acabar con ella. Los miembros de nuestra Federación estuvieron obligados, en el curso de sus trabajos, á estudiar cuáles serian los medios de reformar la «suerte de varas» y de restituirle el esplendor que efectivamente ha perdido; y pensaron que unas modificaciones al reglamento taurino en vigor serían capaces de realizar la reforma, á condición que estas modificaciones sean aplicadas con el mayor rigor por las autoridades. Únicamente para dar á V. E. una idea de la importancia que la afición francesa otorga á esta cuestión, nos permitimos indicarle las reformas que los miembros de ia F. S. T. F. y A. desean ardientemente ver realizadas por el Gobierno que preside V. E. con tanta autoridad:

 ADICIÓN AL REGLAMENTO

 I.o Los picadores serán contratados separadamente por las Empresas; los diestros no podrán en ningún caso imponer á las Empresas los picadores de su preferencia; el Sindicato de los Picadores no lo podrá tampoco. 
2.° Durante la corrida, los picadores estarán bajo las únicas órdenes del matador, jefe de lidia, y no deberán recibir órdenes de cualquier otro lidiador. 
3.° Todo picador que hiciera el «remolón» ó que voluntariamente lastimara (profundamente ó no) al toro en las partes blandas, paletillas ó costillas, ó que dejara enganchar su caballo sin haber intentado de ejecutar la suerte á ley, será objeto de una multa de ciencuenta á cien pesetas, impuesta por la Presidencia. A defecto de pagarla en el plazo de una hora después de la corrida, el delincuente podrá ser, á simple petición de la Presidencia, condenado á dos días de cárcel. 
4.° Todo picador que habrá cumplido su misión á la satisfacción general durante el primer tercio de la lidia de un toro—picando en el morrillo y ejecutando la suerte en toda ley (aunque tal vez no pueda, á causa de la insistencia de un adversario más ó menos pegajoso, evitar la caída)—, podrá recibir de la Presidencia, en el momento de cambiar el tercio, una divisa de honor, premio correspondiente al otorgamiento de la  oreja al matador. 
5.° El número reglamentario de los picadores será fijado como sigue: para una corrida de seis toros, cuatro picadores de tanda y dos de reserva; para una corrida de ocho toros, seis picadores de tanda y dos de reserva. Los picadores de tanda alternarán por parejas; los de reserva no deben aparecer en el ruedo más que cuando uno de los de tanda queda desmontado ó inutilizado. 
6.° La ceremonia de la alternativa será restablecida para los picadores. Los picadores de «toros», como los matadores de igual categoría, no podrán tomar parte sin perder su título en otras funciones que en las corridas de «toros», salvo los festivales benéficos en los que no se torea en traje de luces. 
7.° Los picadores actualmente en ejercicio que justificarán haber tomado parte en más de tres corridas de toros como picadores de tanda, podrán figurar sin otra formalidad como picadores de toros, disponiendo de un plazo de tres meses después del decreto reformando la suerte de varas para hacer constar su derecho. Los otros serán considerados como picadores de novillos, y deberán, para pasar en la categoría superior, recibir la alternativa de uno de los picadores de toros.
 8.° El modelo actual de puya será sustituido por el modelo antiguamente presentado por el Sr. Fernández de Heredia (que en paz descanse), más conocido bajo el seudónimo de «Hache». 
9.° Varios concursos de picadores con importantes premios serán organizados en Madrid, cada temporada. Los premios figurarán entre los cargos impuestos á la Empresa madrileña. A estos premios podrán, naturalmente, añadirse cantidades ofrecidas por los ganaderos, agrupaciones taurinas ó aficionados particulares. 
10.° Una Comisión permanente titulada «Comisión para la Reforma de la Suerte de Varas» será constituida. No estará encargada más que de velar por la aplicación del nuevo reglamento y de señalar á las autoridades las infracciones que éste pudiera sufrir. Pertenecerán de derecho á la Comisión el señor Presidente de la Unión de Criadores de Toros de Lidia y el Sr. Presidente de la Asociación de Picadores y Banderilleros de Toros y Novillos. Como Su Excelencia puede ver, la F. S. T. F. y A. se desinteresa de la cuestión de los petos, cuyo ensayo puede continuarse sin perjuicio de las reformas indicadas, ya que estas reformas los harán muy pronto completamente inútiles. 

Suplicamos á Su Excelencia nos perdone la libertad que tomamos al dirigirle esta extensa carta, rogando no vea en ella más que una demostración de nuestra fraternal amistad para la gran Nación española y para sus tradiciones, que también son las nuestras desde los más remotos tiempos. Dios guarde á V. E. muchos años.  

POR LA FEDERACIÓN DE LAS SOCIEDADES TAURINAS DE FRANCIA Y ARGELIA, 

 El Secretario general de la U. T. M. HENRY  DUMOULIN

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