viernes, 26 de enero de 2018

TOREROS Y ASUNTOS JUZGADOS.


Las leyes las hacen los hombres para convivir en orden y en paz, los asuntos legales son necesariamente parte de la vida de cualquier persona y como no podía ser de otro modo, el mundo del toro, los toreros, tampoco escapan. Aquí te presento 50 años de asuntos legales juzgados y condenados, asuntos que yo no hago públicos, son públicos, basta una simple búsqueda por Internet para encontrarlos.No son todos pero si son aquellos a los que le dieron publicidad por un motivo u otro.
2016. El Juzgado de Primera Instancia 4 de Córdoba reconoce oficialmente que el torero Manuel Benítez «El Cordobés» es el padre de Manuel Díaz. El juzgado el pasado día 3 de mayo dio por válidos los resultados de las pruebas de ADN presentadas a lo largo de la vista oral. El fallo reconoce la alta fiabilidad de este tipo de estudios ya que cuando niegan la filiación aciertan en un cien por cien y cuando la reconoce, lo hacen en un 99 por ciento.
2013, José Ortega Cano fue condenado a dos años y medio de cárcel por el accidente que protagonizó el 28 de mayo de 2011. Su coche invadió el carril contrario y chocó contra el de Carlos Parra, un camarero que se dirigía a su trabajo, y que murió en el acto. El Juzgado 6 de lo Penal de Sevilla lo condeno por un delito de homicidio con imprudencia grave y otro contra la seguridad vial por conducción temeraria al chocar con otro vehículo a 125 kilómetros por hora en una vía limitada a 90. El diestro invadió durante 60 metros el carril contrario y adelantó antes de una curva sin visibilidad. La fiscalía, sin embargo, pedía cuatro años de cárcel que la juez Sagrario Romero redujo a dos años y medio porque considero nula la prueba de alcoholemia para determinar si el torero conducía borracho esa noche. La magistrada excluyo el delito contra la seguridad vial por conducir bajo los efectos del alcohol, ya que, en su opinión, se rompió la cadena de custodia al extraer la sangre del torero mientras este era operado en el hospital.
2013. El Juzgado de Instrucción número 1 de Puerto Real (Cádiz) condeno al torero José Antonio Canales Rivera al pago de 600 euros por una falta de maltrato animal. El diestro ha reconoció los hechos que se le imputaban en una causa abierta a raíz de una denuncia interpuesta por una asociación de defensa animal ante la Fiscalía de Medio Ambiente de Cádiz. Ocurrió en febrero cuando en una de las cuadras de un club hípico de la provincia de Cádiz un caballo sufrió diversas lesiones en el hocico. El animal presentaba "sangrantes y profundas" heridas con forma de media luna encima de su nariz.
2012 Juan José Padilla fue condenado a una pena de siete meses de cárcel y a abonar una multa de 400 euros por golpear a unos agentes locales de Hondarribia (Guipúzcoa) que pretendían someter al conductor de su automóvil a un test de alcoholemia. En 2010, cuando los agentes intentaron hacer la prueba de la alcoholemia al chófer del coche en el que Padilla viajaba como copiloto. El texto de la Fiscalía precisa que en ese momento, el torero, que tenía levemente afectadas sus condiciones por la ingesta de bebidas alcohólicas, "golpeó" el aparato para "evitar" que el conductor" fuera sometido al test e "inmediatamente" golpeó también al agente que portaba el etilómetro, al tiempo que adoptaba "una posición agresiva". "En ese momento -continúa el documento-, pese a la oposición de los agentes, el acusado bajó del vehículo de forma intimidatoria y violenta e intentó golpearles, por lo que tuvo que ser reducido a la fuerza".
2008. Un juzgado de Alicante condeno a un año de cárcel al torero José María Manzanares hijo por un delito de lesiones, al dar un puñetazo en la ceja, en marzo de 2017, al empleado de una gasolinera que le reprochaba que se hubiese saltado el turno para entrar al túnel de lavado. Además, debió indemnizar a la víctima con 1.640 euros y hacerse cargo de las costas procesales. El empleado de la gasolinera fue absuelto de las faltas de lesiones e injurias de las que le acusaba el matador. El auto judicial considero probado que Manzanares, de 26 años, acompañado de su novia, accedió al túnel con su Porsche «sin respetar el turno», por lo que el empleado le pidió explicaciones. Manzanares salió del coche y ambos comenzaron una discusión que acabó en un puñetazo. La magistrada descartó la petición del fiscal de 9 meses de prisión como «demasiado benévola», y se decantó por la pena solicitada por la acusación particular.
2003. El juzgado de la localidad lusa de Moita condeno al torero Pedrito de Portugal a pagar una multa de cerca de 100.000 euros por matar a un toro en el ruedo, en septiembre de 2001, en esa villa a escasos kilómetros de Lisboa. La juez Sandra Conseisao consideró improcedente el recurso presentado por el torero a la multa de 99.959,58 euros que le impuso el secretario del Gobierno Civil de Setúbal, capital del distrito al que pertenece Moita, por violar las leyes taurinas que proscriben la muerte de los toros en el ruedo. Mientras que el abogado de Pedrito de Portugal, Varela de Matos, pedía en el recurso la absolución del torero, porque, en su opinión, la ley que se aplicó es inconstitucional.
1990. El novillero colombiano César Augusto González Sarmiento, El César, y su mujer ingresaron en prisión acusados de tráfico de drogas. En su casa y en el maletero de su coche fueron decomisados 2.200 gramos de cocaína, que la pareja presuntamente había introducido desde Colombia. El César es sobrino del famoso matador El Puno.
1988. La Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo ha declarado, por tres votos a favor y dos en contra, que Manuel Benítez Pérez, El Cordobés, es el padre de Manuel Benítez Velasco, de 19 años,(entonces) fruto de las relaciones del torero con la maestra norteamericana. Alina Elisabeth Velasco Cainas, de 37. El torero, que se negó a hacerse la prueba de paternidad, había ganado en el Juzgado de Córdoba y en la Audiencia de Sevilla el pleito planteado por la madre
1974. Manuel Benítez «El Cordobés» fue condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de la ciudad de Córdoba como autor de los delitos de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas y de resistencia a la autoridad, así como por tas faltas de escándalo con embriaguez, blasfemias y daños- y multas por valor de 37.500 pesetas. Por el contrario, fue absuelto de la inculpación de lesiones a los agentes de la autoridad, que también figuraba en el sumario.
1972. El rejoneador Rafael Peralta Pineda fue condenado a quince días de arresto en la cárcel y a pagar la mitad de las costas del juicio de faltas por haber golpeado a un periodista. La sentencia fue dictada por el Juzgado Municipal número 28 de Madrid. Según el relato judicial, a la salida de una reunión celebrada en el salón de actos del Sindicato Nacional del Espectáculo el 26 de abril último, Rafael Peralta se encaró con don Benjamín Ventura Remacha, con quien estaba molesto por una crítica periodística publicada en su día.